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SAN SALVADOR.
La Unidad Civil de la dirección de Intereses del Estado presentó esta tarde en la oficina receptoras de Demandas Civiles y Mercantiles, demanda civil de juicio declaratorio de nulidad de contrato celebrado entre la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB) y la empresa Tenlot de El Salvador S.A. de C.V.
La nulidad solicitada es sobre Contrato para la Implementación y Desarrollo de Nuevos Productos, el cual fue suscrito en San Salvador el 9 de julio de 2020. Este documento adolece de un vicio de nulidad absoluta de conformidad a artículo 3 de la Ley Orgánica de la LNB y su reglamento siempre en el mismo artículo 3 de esta disposición, en relación con el artículo 1552 y 1553 del Código Civil y el artículo 10 de este mismo cuerpo normativo.
Se alega vicio de nulidad -causa ilícita, objeto ilícito y fraude de ley- por haberse suscrito atentando con lo que la Ley Orgánica de esta institución determina, así como en su reglamento. Existe una prohibición expresa que el negocio de la Lotería o el Sistema Nacional de Lotería Pública debe ser una actividad exclusiva de la LNB y que no puede estar en manos de una persona natural o jurídica de derecho público o privado, como se intenta establecer en el referido contrato.
Se está concediendo la posibilidad de que la Sociedad Tenlot El Salvador pueda administrar y operar el nuevo Sistema de Lotería Nacional a través de una plataforma digital. No obstante, el artículo 3 del reglamento de la LNB claramente establece que “los sistemas nacionales tradicionales que ya están establecidos o que se establezcan, no pueden estar en manos privadas, si no que, exclusivamente de la Lotería Nacional de Beneficencia”.
Por Fiscalía General de la República (FGR).